
What Are the Penalties for a BUI in Florida?
Florida es el estado con el mayor número de embarcaciones y yates recreativos registrados de los Estados Unidos. En 2022, había más de un millón de embarcaciones registrada en el Estado del Sol.
Tanto a los turistas como a los residentes les encanta disfrutar de las hermosas costas de Florida. Pero si no tienes cuidado durante tus actividades recreativas en embarcaciones, podrías terminar recibiendo una multa por navegar bajo los efectos del alcohol (BUI).
Las consecuencias de violar las leyes de BUI de Florida son tan graves como las sanciones por DUI. Descubra más sobre los resultados de conducir una embarcación bajo los efectos del alcohol o las drogas en esta publicación.
Leyes sobre la navegación bajo los efectos del alcohol o sustancias (BUI) en Florida
Las leyes de Florida prohíben conducir una embarcación bajo los efectos del alcohol, drogas o una combinación de ambos. Motivos para un BUI incluir:
- Tener una concentración de alcohol en la sangre o en el aliento superior a 0.08%
- Tener cualquier cantidad de alcohol o drogas en el sistema y mostrar signos de intoxicación
Los signos de navegación bajo los efectos del alcohol o las drogas incluyen conducir demasiado rápido, ser agresivo o imprudente, y olvidar encender las luces y el equipo nocturnos obligatorios.
¿Qué se considera una embarcación en Florida?
Una embarcación es cualquier nave que flota en el agua. Eso incluye chalanes, deslizadores, balandras, pontones, botes auxiliares, catamaranes, botes inflables y canoas. Sin embargo, un hidroavión no es una embarcación en Florida.
¿Qué pasa con los conductores menores de la edad legal para beber?
Los menores de 20 años o menos enfrentan leyes de BUI más estrictas. Una persona menor de 21 años a la que se encuentre operando una embarcación con cualquier cantidad de alcohol en su organismo recibirá una multa bajo las reglas de tolerancia cero de Florida.
Las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol o drogas (BUI) en Florida
Un BUI puede ser un delito menor o un delito grave, dependiendo de cuántas condenas tenga la persona en su expediente. Es importante destacar que conducir bajo los efectos del alcohol (DWI) y Cargos por DUI también se consideran infracciones previas a la hora de determinar las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol en Florida.
Independientemente del número de infracciones, un delito de conducción bajo los efectos del alcohol (BUI) puede acarrearte pena de cárcel, multas de miles de dólares, libertad condicional, tratamiento obligatorio o todo lo anterior.
La primera infracción
Una primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol (BUI) se considera un delito menor de segundo grado. Los delitos menores de segundo grado conllevan hasta seis meses de cárcel o una multa de entre $500 y $1,000.
Las personas que cometan un delito de conducción bajo los efectos del alcohol (BUI) por primera vez también serán condenadas a libertad condicional y a 50 horas de servicio comunitario. La duración combinada de la libertad condicional y la pena de prisión no podrá exceder de un año.
Además, el infractor no podrá manejar su embarcación durante al menos diez días después de haber cometido su primera infracción por conducir una embarcación bajo los efectos del alcohol (BUI).
La segunda ofensa
Una segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol (BUI) también constituye un delito menor de segundo grado. Sin embargo, las sanciones son más severas. Los infractores deben pagar multas de entre $1,000 y $2,000 o cumplir hasta nueve meses de cárcel.
A quienes reincidan por segunda vez en un delito de conducir una embarcación bajo los efectos del alcohol (BUI) se les prohíbe manejar una embarcación durante 30 días. Si pagan la multa, es posible que no tengan que cumplir con las horas de servicio comunitario.
Las sanciones son más severas si la segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol (BUI) ocurre dentro de los cinco años siguientes a la primera. En ese caso, el infractor debe pasar al menos diez días o hasta nueve meses en la cárcel.
Tercera infracción y siguientes
Una tercera infracción por conducir una embarcación bajo los efectos del alcohol (BUI) se considera un delito menor en algunos casos. Se castiga con hasta 12 meses de cárcel o con multas de entre $2,000 y $5,000. Además, se le prohibirá a la persona conducir su embarcación durante 90 días.
Las sanciones son más severas en el caso de una tercera infracción que se cometa dentro de un plazo de 10 años a partir de la anterior. Quienes reincidan por tercera vez serán acusados de un delito grave de tercer grado, punible con un mínimo de 30 días de cárcel, hasta cinco años de prisión, una multa de $5,000 o todas estas sanciones combinadas.
Cualquier delito posterior de conducir bajo los efectos del alcohol (BUI), independientemente de cuándo ocurra, se considera automáticamente un delito grave de tercer grado, punible con una multa mínima de $2,000.
Factores agravantes
Ciertas circunstancias pueden agravar las sanciones impuestas a un conductor de embarcación en estado de ebriedad. A continuación, encontrarás más información sobre estos factores agravantes y las sanciones que acarrean.
Negarse a someterse a una prueba de alcoholemia, de sangre o de orina
Si te niegas a realizar una prueba de aliento, sangre u orina por conducir bajo los efectos del alcohol (BUI) en una primera infracción, te impondrán una multa de $500. Si no pagas la multa dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la multa, se te imputará un delito menor de primer grado, que puede acarrear hasta un año de cárcel, libertad condicional, una multa de $1,000 o todas estas sanciones.
Negarse a someterse a un análisis de sangre, orina o prueba de alcoholemia Una segunda vez constituye automáticamente un delito menor de primer grado, punible con las mismas sanciones que una primera negativa.
Es importante destacar que solo las negativas a someterse a la prueba de BUI cuentan como reincidencia. Negarse a realizar una prueba de aliento para detectar DUI, por ejemplo, no convertirá una primera negativa a la prueba de BUI en un delito menor de primer grado automático.
Un nivel de alcohol en sangre (BAC) de 0,151 TP3T o más
Un nivel de alcohol en sangre (BAC) de 0.15% o más supondrá para los navegantes un delito menor de segundo grado automático en caso de ser su primera infracción. Las consecuencias son hasta nueve meses de cárcel y multas de entre $1,000 y $2,000.
Los reincidentes con un nivel de alcohol en sangre superior a 0,15% se enfrentarán a sanciones más severas: hasta un año de cárcel y multas de entre $2,000 y $4,000.
Quienes reincidan por tercera vez con un nivel de alcohol en sangre superior a 0,15% deberán pagar una multa mínima de $4,000.
Transportar a un pasajero menor de 18 años
Las personas que cometan un delito de conducción bajo los efectos del alcohol (BUI) por primera vez y sean sorprendidas con pasajeros menores de 18 años serán acusadas automáticamente de un delito menor de segundo grado. Este cargo conlleva una pena de hasta nueve meses de cárcel o multas de entre $1,000 y $2,000.
Quienes reincidan por segunda vez en el delito de conducir bajo los efectos del alcohol (BUI) y transporten pasajeros menores de 18 años serán sancionados con hasta un año de cárcel o una multa de $2,000 a $4,000.
Quienes reincidan por tercera vez en el delito de conducir bajo los efectos del alcohol y lleven pasajeros menores de 18 años deberán pagar una multa mínima de $4,000.
Daños materiales
Si una persona es acusada de conducir bajo los efectos del alcohol (BUI) después de haber tenido un accidente que causó daños a la propiedad de otra persona, se trata automáticamente de un delito menor de primer grado. Las sanciones pueden ser de hasta un año de cárcel o una multa de $1,000.
Lesiones y muertes
Si una persona es acusada de conducir bajo los efectos del alcohol (BUI) tras sufrir un accidente que causó lesiones a otra persona, se considera automáticamente un delito menor de primer grado. Sin embargo, esto solo aplica si las lesiones de la persona se consideran leves.
Causar lesiones graves a otra persona como consecuencia de un accidente relacionado con la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas (BUI) constituye automáticamente un delito grave de tercer grado que puede acarrear a los infractores hasta cinco años de prisión o una multa de $5,000.
Las muertes que se produzcan como consecuencia de un accidente relacionado con la conducción bajo los efectos del alcohol (BUI) constituyen un delito grave de primer o segundo grado. Estos cargos conllevan penas de entre 15 y 30 años de prisión o una multa de $10,000.
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