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Florida DUI: Reglas de bloqueo de encendido que debe conocer

Florida's normas sobre dispositivos de bloqueo de encendido exigir un alcoholímetro en su vehículo después de conducir bajo los efectos del alcohol para garantizar una conducción sobria. El incumplimiento puede acarrear sanciones adicionales o la revocación de su licencia. Con alrededor de un millón de detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol Según los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC), cada año en los Estados Unidos, es fundamental conocer las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol en Florida para proteger sus derechos.

En RHINO Lawyers, nuestros abogados expertos elaboran estrategias personalizadas para sortear estos complejos requisitos, asegurándose de que usted no sea un caso más. En esta entrada del blog, detallaremos las normas sobre los dispositivos de bloqueo de encendido, desde cuándo son obligatorios hasta cómo cumplirlos, para que usted pueda tomar las riendas. Empecemos.

¿Qué es un dispositivo de bloqueo de encendido?

Un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) es un pequeño alcoholímetro portátil instalado profesionalmente en el tablero de un vehículo. Su función principal es impedir que el automóvil arranque si El conductor ha estado bebiendo..

Para iniciar un viaje, el conductor debe proporcionar una muestra de aliento soplando en el dispositivo. A continuación, el IID analiza el aliento en busca de alcohol. Si el contenido de alcohol en sangre (BAC) es igual o superior al límite preestablecido, normalmente 0,02% en Florida, el dispositivo bloqueará el encendido del vehículo, lo que imposibilitará su arranque.

La tecnología está diseñada para ser infalible. Además de la muestra de aliento inicial necesaria para arrancar el coche, el dispositivo solicitará al conductor que realice “pruebas aleatorias” mientras el vehículo está en movimiento. Esta función evita que un amigo sobrio proporcione la muestra inicial y garantiza que el conductor no consuma alcohol durante todo el trayecto.

El objetivo principal del IID es doble: actúa como elemento disuasorio para conducir bajo los efectos del alcohol y permite a las personas que han sido condenado por conducir bajo los efectos del alcohol mantener una forma limitada de movilidad para el trabajo, la escuela y otras actividades necesarias, al tiempo que se protege la seguridad pública.

¿Quién debe instalar un IID en Florida?

La ley de Florida es clara en cuanto a quién debe instalar un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) tras una condena por conducir bajo los efectos del alcohol. El requisito se intensifica con cada infracción, lo que garantiza que los reincidentes se enfrenten a medidas cada vez más estrictas.

En el caso de una primera condena por conducir bajo los efectos del alcohol, no siempre es obligatorio instalar un dispositivo de bloqueo de encendido, pero sí es necesario si el nivel de alcohol en sangre del conductor era de 0,151 TP3T o superior, o si había un menor en el vehículo en el momento de la infracción. En tales casos, el dispositivo debe utilizarse durante al menos seis meses.

Las sanciones se vuelven más severas en caso de reincidencia. Una segunda condena por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI) implica la obligación de instalar un IID durante un mínimo de un año. Una tercera condena aumenta este requisito a un mínimo de dos años. En caso de una cuarta condena o posteriores por DUI, se podría exigir al conductor el uso de un IID durante un periodo de cinco años.

También es importante señalar que negarse a someterse a una prueba de alcoholemia, análisis de sangre u orina cuando lo solicite un agente puede dar lugar a la instalación automática de un dispositivo de bloqueo de encendido (IID), incluso si se trata de la primera infracción. Esto se debe a que las leyes de consentimiento implícito de Florida establecen que, al conducir un vehículo, ya se ha dado el consentimiento para someterse a dichas pruebas.

¿Cuánto tiempo tienes que usar un IID?

El tiempo que debe utilizar un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) en Florida está directamente relacionado con los detalles de su condena por conducir bajo los efectos del alcohol. Como se ha indicado anteriormente, en el caso de una primera infracción, si se requiere un IID, este debe instalarse durante un mínimo de seis meses. A menudo, esta es una condición obligatoria para los infractores que cometen su primera infracción y que tenían un contenido de alcohol en sangre de 0,15% o superior, o si había un menor en el vehículo en el momento de la infracción.

En el caso de los reincidentes, la duración requerida aumenta considerablemente. Una segunda Condena por DUI conlleva un período obligatorio de instalación de un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) de al menos un año. Si la segunda infracción implicó un nivel de alcohol en sangre (BAC) de 0,15% o superior, o si había un menor en el vehículo, el requisito se extiende a un mínimo de dos años.

Una tercera condena por conducir bajo los efectos del alcohol también requiere un dispositivo de identificación de aliento (IID) durante un mínimo de dos años. Si se le condena por una cuarta infracción o por infracciones posteriores por conducir bajo los efectos del alcohol, se le exigirá el dispositivo durante al menos cinco años como condición para obtener una licencia por dificultades económicas. Estos requisitos son una parte fundamental del proceso para recuperar los privilegios de conducción limitados.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no tengo coche?

El requisito del dispositivo de bloqueo de encendido (IID) en Florida está vinculado a su privilegio de conducir, no a un vehículo específico. Por lo tanto, si se le ordena tener un IID, Debe instalar uno en cualquier vehículo que pretenda conducir.

Esto incluye un automóvil que le pida prestado a un amigo o familiar, o incluso un vehículo de la empresa que utilice para trabajar. Es una infracción conducir cualquier vehículo que no tenga instalado un IID en funcionamiento durante el periodo requerido.

¿Puede otra persona soplar en el IID por mí?

No, esto constituye una infracción grave de la ley de Florida y puede acarrear sanciones importantes. Los Estatutos de Florida prohíben que un conductor con restricciones pida a otra persona que proporcione una muestra de aliento y también consideran ilegal que un tercero lo haga. Los IID modernos están equipados con cámaras para evitar este tipo de elusión.

¿Puede fallar el dispositivo por motivos distintos al alcohol?

Sí, es posible que un IID registre un falso positivo debido al alcohol en la boca. El cual puede provenir de otras fuentes además de las bebidas alcohólicas. Las causas más comunes incluyen:

  • Ciertos enjuagues bucales
  • Aerosoles para el aliento, medicamentos para la tos
  • Algunas bebidas energéticas o alimentos

Para evitar un falso positivo, se recomienda enjuagarse la boca con agua. A continuación, espere unos minutos antes de proporcionar una muestra de aliento.

¿Quién paga el IID?

La persona a la que se le exige tener el IID es responsable de todos los costos asociados. Esto incluye la cuota de instalación inicial, las cuotas mensuales de alquiler o arrendamiento, y las cuotas por calibración y mantenimiento regulares.

No existen programas patrocinados por el Estado que cubran estos costos para la mayoría de los infractores. Sin embargo, algunos proveedores pueden ofrecer planes de pago o asistencia a quienes puedan demostrar dificultades económicas.

Normas sobre el bloqueo de encendido que debe conocer

La conclusión es que navegar por complejos Leyes de tránsito de Florida después de conducir bajo los efectos del alcohol puede ser abrumador. Especialmente cuando se enfrenta a estrictas normas sobre dispositivos de bloqueo de encendido. Las sanciones por incumplimiento son severas y pueden afectar gravemente a su futuro.

En RHINO Lawyers, comprendemos los matices de estas regulaciones y podemos ayudarle a proteger sus derechos. Contacto con nosotros para una evaluación gratuita de su caso de DUI y permítanos ayudarle a volver a la carretera.

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